Mediante la publicación en el Boletin Oficial, el gobierno nacional autorizó el autocultivo de cannabis para uso medicinal, como asi también el expendio de aceites en farmacias.
El mencionada decreto establece la regulación del cultivo doméstico y el expendio en farmacias de aceites y cremas producidas con esta planta cuyo uso humano se remonta atrás 10.000 años.
Asimismo se especifica la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren el Programa nacional de Cannabis (REPROCANN).
“Los y las pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación. Podrá inscribirse en el REPROCANN quien cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente, en las condiciones establecidas por el mencionado programa”.