La medida fue dada a conocer a través de la Resolución 15/2022 del Ministerio de Trabajo.
El pasado 22 de noviembre se realizó la última reunión del año del Consejo del Salario, allí se definió un incremento del 20% del salario mínimo y de la prestación por desempleo, la misma entrará en vigencia desde diciembre hasta marzo.
Ahora, a través de la Resolución 15/2022 del Ministerio de Trabajo publicada este martes en el Boletín Oficial, se oficializó la suba de los haberes mínimos. La misma comprende a todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y los organismos del Estado Nacional en que este actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares.
En consecuencia, desde el mes que viene se establecieron las siguientes sumas:
– A partir del 1° de diciembre de 2022, el salario mínimo pasará a $61.953 para todos los trabajadores mensualizados, y de $309,77 por hora para los jornalizados.
– A partir del 1° de enero de 2023, en $65.427 por mes y $327,14 por jornada.
– A partir del 1° de febrero de 2023, $67.743 y $338,72 respectivamente.
– A partir del 1° de marzo 2023, en $69.500 y $347,50 respectivamente.
Además, se incrementaron los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo: $17.208,81 y $28.681,35, respectivamente, a partir del 1° de diciembre.
Luego, $18.173,79 y $30.289,65 a partir del 1° de enero; $18.817,11. y $31.361,85 desde el 1° de febrero y $19.305,16 y $32.175,26 a partir del 1° de marzo de 2023.
El Gobierno destacó que el consenso obtenido en el ámbito del Consejo del Salario “contribuye al fortalecimiento del diálogo social y de la cultura democrática en el campo de las relaciones del trabajo”.