El Juzgado Criminal y Correccional N°14 procesó al hombre que incendió la habitación donde estaban alojadas las cuatro mujeres. Sin embargo, descartó que se haya tratado de un crimen de odio.
La Justicia dictó la prisión preventiva para Justo Barrientos, el acusado por el triple lesbicidio de Barracas, luego de procesarlo por el delito de homicidio doblemente agravado y descartar que se haya tratado de un ataque de odio.
En cuanto a Castro Riglos, el acusado fue imputado por lesiones, algo que fue cuestionado por la querellante de la causa, Gabriela Conder. “No son lesiones nada más. Le arrojaron un artefacto explosivo, sus compañeras murieron. Hubo una clara intención de querer matar a las cuatro“, explicó.
Lesbicidio en Barracas: cómo influyen los discursos de odio y por qué profundizan la problemática
En la madrugada del lunes 6 de mayo, Justo Fernando Barrientos arrojó una bomba molotov dentro de la habitación que compartían dos parejas de lesbianas: Pamela Cobbas, Mercedes Roxana Figueroa, Andrea Amarante y Sofía Castro Riglos. Las tres primeras murieron; la cuarta se encuentra internada con graves quemaduras. El agresor se autolesionó antes de ser detenido.
Vecinos del hotel familiar donde vivían las víctimas, ubicado en el barrio porteño de Barracas, revelaron que el hombre ya había atacado en varias oportunidades al grupo de mujeres, a las que llamaba “engendros” por su orientación sexual. El ataque fue catalogado como un crimen de odio por el Ministerio de la Mujer de la Provincia de Buenos Aires y por la Federación Argentina LGBT+.
Más de 500 personas marcharon el lunes pasado para reclamar justicia y denunciar que se trató de un triple lesbicidio. “No fue un hecho cualquiera. Fue un acto de odio hacia las lesbianas. El crimen ocurrió en un contexto de extrema precariedad de la vida, donde las cuatro vivían hacinadas en una habitación, y donde diariamente las identidades LGTBQI+ somos foco del aumento de la violencia”, expresó el colectivo Autoconvocades Lesbianes por Barracas.