Manuel Adorni confirmó la resolución de ARCA a través de sus redes sociales. “Gran noche para unas partidas de Counter Strike 1.6”, celebró.
La lista de plataformas que dejarán de ser alcanzadas por la percepción del 30%
Bajo este marco, publicó la lista completa, la cual se compone de las siguientes:
- Battle Net
- Epic Games
- Steam
- PlayStation Network
- EA Play
- Microsoft
- Blizzard
- Candy Crush
- Fortnite
- Nintendo
- Riot Games
- Rockstar Games
- Sandbox Interactive
- SEGA
- Dream Games
- Garena
- Konami
- Playrix Games
- Pokemon Go
- Tencent Games
- Ubisoft
- Valve
La resolución de ARCA
El escrito toma en consideración que “mediante la Resolución General N° 5.617 y su modificatoria, se estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, según corresponda, que se aplica sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico, al cambio de divisas destinado al pago de determinadas operaciones que se cancelen mediante tarjeta de crédito, de compras, de débito u otros medios de pago equivalentes, así como a la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo y servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país”.
Asimismo, expresaron que “la percepción del impuesto en la fuente es una herramienta utilizada a fin de asegurar el cobro de los impuestos a través de agentes de percepción cuando se verifican operaciones que permiten inferir razonablemente la capacidad contributiva de determinados sujetos”, y que “por razones de administración tributaria resulta aconsejable adecuar el alcance del régimen de percepción establecido en la citada norma”.
Así, el organismo resolvió incorporar el siguiente inciso: “El cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario, destinadas al pago de las prestaciones de servicios realizadas en el exterior a que se refiere el inciso b) del artículo 1°, in fine, a través de portales o sitios virtuales, cuyas denominaciones comerciales se encuentran en la nómina incluida en el Anexo (IF-2025-01511146- AFIP-SGDADVCOAD#SDGPCI) que se aprueba y forma parte de la presente. Dicho listado será actualizado y publicado en el sitio web institucional (www.arca.gob.ar).”.
“Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación para las operaciones de cambio que se efectúen desde dicha fecha”, cerraron.