Por declarar inconstitucional un artículo de la reforma de 2019, la jueza María Servini de Cubría falló a favor de una cautelar presentada por el canal América TV, del grupo Vila-Manzano, específicamente donde se obligaba a ceder el 5% del tiempo total de la programación para fines electorales, aspecto comprendido en la ley de financiamiento de los partidos políticos.
La misma ley establece que sobre este espacio a ceder “la mitad será cedida a título gratuito y la otra mitad será considerada pago a cuenta de impuestos nacionales”, elemento por el cual la mencionada jueza entiende que “significa un perjuicio económico para los medios de comunicación”.
“Existe una discriminación -añadió la magistrada – pues los medios digitales que están incorporados en esa ley, no están alcanzados por ninguna de las obligaciones vigentes, lo cual produce una desigualdad que solo la intervención del Estado puede soslayar”.
“Ningún partido se verá impedido de dar a conocer sus pensamientos y propuestas por no poder costearlos”, agregó.
Por su parte, el Ministerio del Interior apelará finalmente la resolución judicial y la Corte Suprema tendrá la última palabra.