En su columna habitual, los Productores Asesores de Seguros Martín Berdaguer y Mary Saavedra Gamietea abordaron el tema de la cobertura de Responsabilidad Civil contra terceros en las pólizas de automotores.
Martín y Mary destacaron la importancia de comprender este tema, que nos afecta a todos, ya que es crucial conocer nuestros derechos y los de los asegurados. Explicaron que esta cobertura, presente en todas las pólizas de automotores, protege al asegurado o al conductor autorizado del vehículo contra cualquier daño que puedan causar a personas o cosas ocasionado por terceros. Además, enfatizaron la necesidad de distinguir entre el seguro obligatorio y el seguro de responsabilidad civil, ya que a menudo se confunden.
El seguro obligatorio es un tipo de cobertura requerida por la ley para que todos los vehículos puedan circular legalmente, mientras que el segundo tiene como propósito cubrir los daños que el asegurado pueda causar a terceros, tanto en términos de daños personales como materiales. Sin embargo, el seguro obligatorio en un país inflacionario como Argentina, presenta un inconveniente significativo: el límite de cobertura para la responsabilidad civil queda muy por debajo de lo necesario. Aunque la Superintendencia dicta anualmente una resolución para actualizar estos límites, actualmente es de 8 millones de pesos.
Por otro lado, el seguro voluntario de responsabilidad civil, regulado también por la Superintendencia, ofrece una cobertura mucho mayor, con un límite de hasta 80 millones de pesos. Las pólizas actuales de seguros de responsabilidad civil suelen tener este monto, e incluso algunas compañías pueden extenderlo. De esta forma es importante saber que existe un seguro obligatorio y uno voluntario.
Los montos para contratar un seguro suelen ser similares, pero sus límites de cobertura varían significativamente.
Asimismo, advirtieron que, como ocurre con todos los seguros, las pólizas de automotores en el riesgo de responsabilidad civil incluyen exclusiones. En este caso, existen 18 incisos específicos de exclusiones.
Entre las exclusiones más relevantes se encuentran:
- Daños causados a personas vinculadas directamente con el asegurado, como familiares directos.
- Participación en tumultos o huelgas por parte del asegurado.
- Conducción en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas.
- Impedimentos motores que afecten la capacidad de conducción.
- Culpa grave o dolo del asegurado o conductor autorizado.
- Exceso de velocidad, entre otros.
En caso de un siniestro, es fundamental verificar si hubo lesiones o daños materiales. Si hay heridos, es necesario llamar al servicio de urgencias. Es importante evitar discusiones, recabar la información necesaria y tomar fotografías de los daños. Además, se deben obtener los datos personales, una foto del documento, el carnet de conducir y la tarjeta de seguro obligatoria del otro conductor. Estos datos serán útiles para realizar la denuncia administrativa ante la aseguradora, que debe hacerse dentro de los tres días posteriores al accidente para poder reclamar.
Además, señalaron que, en caso de recibir una demanda por parte de la persona afectada en un accidente, es crucial notificar de inmediato a su aseguradora. Es necesario informar de manera fehaciente a la compañía dentro del día hábil de haber recibido la cédula. De este modo, la aseguradora podrá analizar el caso y proporcionarle los abogados que lo representarán, evitando así incurrir en gastos judiciales adicionales.