Así lo definió el juez federal en lo contencioso administrativo, Martin Cormick. La medida obliga a a la administración de Javier Milei a cumplir con los programas alimentarios vigentes, discontinuados desde el mes de febrero.
El juez federal en lo contencioso administrativo, Martín Cormick, decidió habilitar la feria judicial para ejecutar la medida cautelar emitida por el juez Lara Correa en la que obliga al gobierno a cumplir con los programas alimentarios vigentes.
Revés para Capital Humano: Casación declaró inadmisible un planteo por el escándalo de los alimentos
Casación Penal rechazó el recurso presentado por el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, que se había interpuesto contra la resolución de la Cámara Federal que obligó a presentar un plan de distribución de los alimentos retenidos en depósitos, tras una disposición del juez Sebastián Casanello.
Los jueces Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, quienes son miembros de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, determinaron sostener la causa en la que se investiga a Pettovello por abuso de poder y violación de los deberes de funcionario público entre otros delitos por presuntamente acumular y dejar vencer 6 mil toneladas de alimentos.
Tras el recurso presentado por la subsecretaria Legal del Ministerio de Capital Humano, Leila Gianni, advirtió que Casación “no logra rebatir de modo concreto y acabado los argumentos expuestos en la resolución impugnada. Ello priva al recurso de la fundamentación requerida por el art. 463 del CPPN”.
En tal sentido, con citas de fallos de la Corte Suprema, marcaron que “la parte no ha argumentado adecuadamente la existencia de una cuestión federal, que habilite la intervención de esta Cámara como tribunal intermedio, en los términos de la doctrina establecida por el Alto Tribunal”.
En tanto, y con la consideración de que los tres magistrados de la Cámara Federal porteña ratificaron por unanimidad la resolución de Casanello, señaló que “el pronunciamiento atacado ha sido dictado por la Cámara de Apelaciones en su carácter de órgano revisor de las resoluciones emanadas de los magistrados, es decir que en el caso existe doble conformidad judicial”.