La administración de La Libertad Avanza expuso que la medida se decidió después de los pedidos “de numerosos bancos y estudios contables”.
El Gobierno prorrogó hasta el 31 de octubre inclusive la adhesión a la primera etapa del blanqueo de capitales luego de distintos pedidos de “numerosos bancos y estudios contables”. Previamente, el plazo vencía el 30 de septiembre.
En tanto, sobre los plazos referidos al dinero en efectivo, advirtió que “solamente el efectivo regularizado hasta el 30 de septiembre, podrá ser retirado parcial o totalmente a partir del 1°de octubre, tal como fuera estipulado originalmente. A partir del día en que se retira cualquier monto en efectivo, no se podrán regularizar montos adicionales”.
Las etapas del blanqueo de capitales
Con la prórroga de la primera etapa, la cartera encabezada por el ministro Luis Caputo precisó cómo se realizarán las fases del Régimen de Regularización de Activos:
- Etapa 1: desde el 1° de octubre hasta el 31 del mismo mes.
- Etapa 2: a partir del 1° de noviembre hasta el 31 de enero de 2025.
- Etapa 3: desde el 1° de febrero de 2025 hasta el 30 de abril de 2025. En todos los casos, con ambas fechas inclusive.
Qué es el blanqueo de capitales que puso en marcha el Gobierno
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el 17 de julio el nuevo régimen de blanqueo de capitales. Los requisitos, formas, condiciones y exclusiones de la adhesión se encuentran disponibles en el sitio web oficial. Aquellos que quieran regularizar activos, ya sea en bienes o tenencias, menos de u$s100 mil, no pagarán impuestos.
Es posible regularizar cualquier monto sin costo si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Será la última oportunidad hasta 2038, ya que el paquete fiscal aprobado en el Congreso de la Nación establece que quienes adhieran al blanqueo no van a poder inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de 2038.
Una novedad es que pueden adherir al régimen las personas humanas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023. Al adherirse al blanqueo, estas personas adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1° de enero de 2024.
La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio).