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CASO LOAN: LOS DETALLES DE LA IMPUTACIÓN DE LOS FISCALES PARA LOS SIETE DETENIDOS QUE SERÁN INDAGADO

Los fiscales que investigan la desaparición de Loan redactaron la descripción del hecho que le imputarán mañana a los siete detenidos en la nueva ronda de indagatorias. Creen que el niño “no se ha perdido”, que todos tuvieron participación en la “sustracción y ocultamiento” del menor y no descartan otros delitos, entre ellos, la “trata”.

Los tres fiscales federales a cargo de la causa por la desaparición de Loan Danilo Peña ya definieron cuál es el hecho y la imputación por la que mañana comenzarán a tomarles nuevamente declaración indagatoria a los siete detenidos que tiene el caso: “sustracción y ocultamiento de menores” es la calificación legal que les endilgan y por la que los acusados podrían terminar condenados a una pena de hasta 15 años de cárcel.

En el dictamen que presentaron hace días -y al quC5N tuvo acceso-, el fiscal federal de Goya, Mariano de Guzmán, y sus colegas María Alejandra Mangano y Marcelo Colombo, titulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), pidieron ampliarles la indagatoria a Bernardino Antonio Benítez, Daniel Oscar Ramírez, Mónica del Carmen Millapi, María Victoria Caillava, Carlos Guido Pérez y el comisario local Walter Adrián Maciel, mientras que la última detenida, Laudelina Peña solicitó volver a declarar a través de su nueva abogada, Mónica Chirivin.

La jueza federal de Goya, Cristina Pozzer Penzo, ya fijó el cronograma de las indagatorias que comenzarán mañana con el turno de Laudelina, y continuarán el jueves con el matrimonio Caillava-Pérez, el viernes con el comisario Maciel y el lunes próximo con los tres primeros detenidos del caso: Ramírez, Millapi y Benítez.

En aquel pedido de indagatorias, los fiscales De Guzmán, Mangano y Colombo, redactaron lo que se conoce judicialmente como la “descripción del hecho”, que les atribuyen a los acusados y que a partir de mañana les será leída a cada uno para que se defiendan ante la jueza y los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF).

¿Cuál es la imputación de los fiscales?

“El día 13 de junio de 2024, José Peña decidió llevar a su hijo Loan al almuerzo que se llevaría a cabo en la casa de Catalina Peña, en el Paraje Algarrobal, luego de la insistencia del niño y de que María Luisa Noguera, madre del menor de edad, lo autorizara a concurrir. A las 9.00 horas aproximadamente salieron a caballo y arribaron alrededor de las 11.00 horas, junto con Macarena Peña y MAB (menor de edad), a quienes se habían encontrado de camino al domicilio de Catalina, ya que las nombradas iban caminando por el sendero de tierra que conduce a la vivienda”, señalan los fiscales en el inicio de la reconstrucción del hecho.

Y continúan: “En el lugar, ya estaban Catalina y Laudelina Peña, esta última había llegado más temprano para ayudar a su madre en la preparación del almuerzo. Al poco tiempo, arribaron Camila Ayelén Núñez con su hija, YN, y luego Antonio Benítez con su hijo, JB. Con posterioridad, llegaron Daniel Ramírez y Mónica Millapi con su hija MDR y dos sobrinos, NJF y IF, a bordo del vehículo Volkswagen Voyage, dominio OKV-605 y Carlos Pérez y María Victoria Caillava alrededor de las 12.00 horas, en su camioneta Ford Ranger, dominio AD595EH”.

Los fiscales concluyeron que “puede tenerse como una proposición fáctica acreditada que la asistencia de Loan al lugar no había sido anunciada, ni era esperada por los comensales” y sobre este punto destacan que “del análisis de los celulares, testimonios de María Luisa Noguera y José Peña, y demás pruebas incorporadas puede deducirse lo mismo”.

El almuerzo, las fotos y los llamados

De Guzmán, Mangano y Colombo precisaron que el almuerzo habría comenzado entre las 12.30 y las 13.00, cuando todos los asistentes se sentaron a comer, momento que fue registrado fotográficamente por Laudelina Peña con el teléfono de su hija, Macarena Peña, y que la reunión habría finalizado un poco antes de las 13.52, horario del próximo -y último- registro fotográfico del encuentro, que fue captado por Camila Núñez, en el que se observa a Laudelina Peña, a Benítez, a Ramírez y a Millapi, junto con Loan y otros cinco niños camino al naranjal ubicado a unos 500 metros del lugar.

Los fiscales señalaron que, en ese contexto, “Laudelina Peña y Camila Núñez habrían cambiado de opinión y regresado al domicilio de Catalina, aunque esto último no pudo afirmarse ya que sólo surge de sus declaraciones”.

“Desde ese entonces, todos los niños se habrían encontrado bajo la supervisión exclusiva de Daniel Oscar Ramírez, Mónica Millapi y Bernardino Antonio Benítez”, remarcaron los fiscales federales, y explicaron que en la vivienda se habrían quedado Catalina Peña, José Peña, los imputados Pérez y Caillava, Macarena Peña y la menor MAB.

Según la investigación, el primer llamado telefónico por parte de Benítez al dispositivo utilizado por su mujer Laudelina fue “a las 14.25 horas” y tuvo “una duración de 9 minutos y 10 segundos”.

Para los representantes del MPF, se obtuvieron indicios (la pericia odorológica en los autos) de una posible intervención de Pérez y Caillava en la desaparición del niño, lo que llevó a que sean detenidos por la justicia correntina el 21 de junio pasado.

El papel del comisario y de la tía Laudelina

Luego, los fiscales destacaron que otras pruebas reunidas en el fuero provincial, “pero más aún las incorporadas desde el inicio de la investigación federal, permiten sostener la intervención del comisario de 9 de Julio, Walter Adrián Maciel en el hecho”.

Sobre la tía del menor, manifestaron que “se valoraron testimonios, análisis de dispositivos telefónicos, informes elaborados a partir de registros de canes y entrecruzamientos de llamadas, entre otras pruebas, que ubicaban a Laudelina Peña como una persona de especial interés para la investigación y con participación en el hecho. Especialmente en función de su más que sospechoso rol en el hallazgo del botín/zapatilla de Loan”.

“Sustracción y ocultamiento” y otros posibles delitos

Si bien la causa Loan mutó por varias carátulas como “abandono de persona”, “captación de personas con fines de explotación agravada por ser la víctima menor de 18 años” o “averiguación de delito”, ahora los fiscales definieron que en esta compleja investigación criminal donde nadie sabe dónde está o qué hicieron con el niño de 5 años, estamos, al menos, ante una “sustracción u ocultamiento de menores”

“Existen diversos elementos que abonan una posible hipótesis de sustracción y ocultamiento del niño, con distinto grado de participación de los imputados”, afirmaron los fiscales al definir la calificación penal de la causa.

Sin embargo, De Guzmán y los fiscales de la Protex remarcaron en su dictamen que “es importante destacar que esa sustracción y ocultamiento no excluye la existencia de otros posibles delitos de los que el niño pudiera haber sido víctima en el lugar de los hechos”.

“Lo que se ha acreditado es que Loan ha sido sustraído y ocultado del ámbito de custodia de sus progenitores, que no se ha perdido y que durante las primeras horas posteriores a su desaparición, se han generado indicios en este último sentido (como por ejemplo las huellas o el botín hallados por la zona) para evitar el descubrimiento de la verdad”, subrayan los fiscales.

A su vez, remarcaron que “las pruebas hasta ahora reunidas no permiten afirmar, pero tampoco descartar de plano, que el hecho imputado (la sustracción y ocultamiento del niño) tuviera alguna finalidad de explotación de las previstas en la norma que contempla la figura de la trata de personas”.

Por último, concluyeron que “el Ministerio Público Fiscal incorporó elementos que permiten sospechar de la participación de Bernardino Antonio Benítez, Daniel Oscar Ramírez, Mónica del Carmen Millapi, María Victoria Caillava, Carlos Guido Pérez, Laudelina Peña y Walter Adrián Maciel en una maniobra de sustracción y ocultamiento del menor de edad, Loan Peña”.

Esta calificación penal está contemplada en el artículo 146 del Código Penal y prevé una pena de entre 5 y 15 años de prisión a quien “sustrajere a un menor de 10 años del poder de sus padres, tutor o persona encargada de él, y el que lo retuviese u ocultare”.

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