¿HASTA QUÉ EDAD LOS PADRES TIENEN LA OBLIGACIÓN DE PASARLE ALIMENTOS A LOS HIJOS?

En una entrevista para el programa “Mañana Fantástica”, la Abogada de Familia, Dra. Flavia Ferreyra, analizó la cuestión de la cuota alimentaria planteando la pregunta: ¿Hasta cuándo los padres están obligados a proporcionar alimentos a sus hijos?

En ese sentido, destacó principalmente que la cuota de alimentos es un aporte que realiza el padre o la madre que no convive con el hijo, y puede establecerse de manera mensual o en períodos más cortos según el acuerdo alcanzado por las partes o lo determinado por el juez (mensual, semanal, quincenal).

Además, agregó que la ley no establece un monto fijo exacto, ya que al fijar una cuota de alimentos se tienen en cuenta dos circunstancias fundamentales: la capacidad económica del alimentante y las necesidades del menor o adolescente. Si bien la obligación alimentaria recae en ambos padres, esto no implica que deba realizarse de manera igualitaria. En muchos casos, la madre, al dedicarse a las labores del hogar y la crianza del hijo, no percibe ingresos remunerativos. Sin embargo, estas tareas tienen un valor económico determinado en el artículo 660 del Código Civil y Comercial de la Nación: “Las tareas cotidianas que realiza el progenitor que ha asumido el cuidado personal del hijo tienen un valor económico y constituyen un aporte a su manutención”.

Por otro lado, señaló que la obligación alimentaria se extiende hasta los 21 años, e incluso la ley establece que si el joven estudia o se capacita en algún arte u oficio y no puede mantenerse por sus propios medios, esta obligación se prolonga hasta los 25 años. En caso de que uno de los progenitores no cumpla con esta obligación y se considere insolvente, lo que ocurre principalmente en trabajos no registrados, existe lo que se conoce como la obligación solidaria de los abuelos para contribuir con la cuota de alimentos, de modo que el niño o la niña no se vea afectado por estas circunstancias.

Además

Leave a Comment