COMENZÓ LA VEDA ELECTORAL: QUÉ SE PUEDE HACER Y QUÉ NO

Finalizó el período destinado para realizar campañas y publicidades electorales de los candidatos de todas las fuerzas políticas. Por 48 horas queda prohibido llevar a cabo eventos públicos, proselitismo, además de publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

Las elecciones presidenciales se llevarán a cabo el próximo domingo 22 de octubre. Desde las 8 de este viernes comenzó la veda electoral. A partir de ese momento se prohíbe el reparto de boletas y las actividades proselitistas, entre otras actividades.

Qué se puede hacer y qué no se puede hacer durante la veda electoral

Se prohíbe realizar actos públicos de campaña, el proselitismo electoral incluidos los avisos publicitarios y el reparto de boletas y la apertura y funcionamiento de locales partidarios: la medida vale también para los posteos en redes sociales y la actividad online destinada a promover el voto de un candidato en particular.

Se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo.

La venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 20 del sábado.

La portación de armas está prohibida durante la veda electoral

Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

La veda electoral se extenderá durante todo el fin de semana y recién se levantará a las 21 del domingo 22 de octubre, tres horas después de que hayan cerrado los centros de votación.

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.

Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.

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