La tercera edición del Programa de Incremento Exportador fue anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa, el miércoles 5 de abril y establecida el 10 de abril a través del DNU 194/2023.
La Secretaría de Comercio reglamentó hoy los términos de los acuerdos del programa Precios Justos, a los que deberán adherir hasta el próximo 31 de agosto las firmas comercializadoras o proveedoras que quieran ingresar a los beneficios del Programa de Incremento Exportador (PIE), conocido como “dólar agro”, a través de la Resolución 466/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La tercera edición del PIE fue anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa, el pasado miércoles 5 de abril y establecida el 10 de abril a través del DNU 194/2023.
El mismo establece un tipo de cambio diferencial de $ 300 por dólar para el complejo sojero y las economías regionales, extendiéndose hasta el 31 de mayo para el primer sector, y hasta el 30 de agosto para las segundas.
Se trata de la primera vez que las economías regionales podrán acogerse al beneficio y, como requisitos de elegibilidad –precisados ayer a través de la resolución 138/2023-, las comercializadoras o proveedoras deberán haber exportado en algún momento de los últimos 18 meses, además de asumir el compromiso de mantener o incrementar sus puestos de trabajo.