REGLAMENTARON LOS ACUERDOS DE PRECIOS QUE DEBERÁN ADHERIRSE QUIENES INGRESEN AL DÓLAR AGRO

La tercera edición del Programa de Incremento Exportador fue anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa, el miércoles 5 de abril y establecida el 10 de abril a través del DNU 194/2023.

La Secretaría de Comercio reglamentó hoy los términos de los acuerdos del programa Precios Justos, a los que deberán adherir hasta el próximo 31 de agosto las firmas comercializadoras o proveedoras que quieran ingresar a los beneficios del Programa de Incremento Exportador (PIE), conocido como “dólar agro”, a través de la Resolución 466/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La tercera edición del PIE fue anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa, el pasado miércoles 5 de abril y establecida el 10 de abril a través del DNU 194/2023.

El mismo establece un tipo de cambio diferencial de $ 300 por dólar para el complejo sojero y las economías regionales, extendiéndose hasta el 31 de mayo para el primer sector, y hasta el 30 de agosto para las segundas.

Se trata de la primera vez que las economías regionales podrán acogerse al beneficio y, como requisitos de elegibilidad –precisados ayer a través de la resolución 138/2023-, las comercializadoras o proveedoras deberán haber exportado en algún momento de los últimos 18 meses, además de asumir el compromiso de mantener o incrementar sus puestos de trabajo.

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